¿Los chinos son expansionistas?

por Redacción Red Voltaire, en Red Voltaire

La Corte Permanente de Arbitraje de La Haya acaba de dar a conocer una decisión favorable a Filipinas y contraria a la República Popular China, cuyas pretensiones territoriales sobre las islas Spratly, en el Mar de China, condena esa instancia.

Automáticamente, la prensa occidental interpreta esa decisión afirmando que Estados Unidos tiene razón cuando denuncia la existencia de un “expansionismo” chino.

El hecho es que la Corte Permanente de Arbitraje de La Haya no tiene competencia en materia de diferendos fronterizos. Pronunciarse sobre ese tipo de conflictos es prerrogativa de la Corte Internacional de Justicia [también conocida en español como Tribunal Internacional de Justicia], que también tiene su sede en La Haya, y es por consiguiente ante esta última instancia que Filipinas tendría que haber presentado el caso.

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En efecto, la Corte Permanente de Arbitraje no es más que una reunión de árbitros –no de magistrados– que se reúnen a puertas cerradas para «arbitrar» –no para «juzgar»– en casos de diferendos entre organismos privados, ONGs, transnacionales o multinacionales y los Estados.

Filipinas presentó el caso de las islas Spratly a esa instancia en 2013 y el resultado de la reclamación tendría que ver única y exclusivamente con la Convención sobre el Derecho del Mar de 1982.

A diferencia de la dinastía Quing, la República Popular China no es firmante de las Convenciones de 1899 y de 1907, en las que se crea la Corte Permanente de Arbitraje. Es por esa razón que la República Popular China se negó a defender su posición ante dicha instancia, además de señalar que dicha Corte de Arbitraje no es competente en materia de diferendos fronterizos.

Los 5 árbitros que se pronunciaron sobre el caso de las islas Spratly son:
– Thomas Aboagye Mensah (presidente de la Corte Permanente de Arbitraje), jurista estadounidense originario de Ghana;
– Jean-Pierre Cot, ex ministro socialista francés;
– Stanislaw Pawlak, ex embajador de Polonia en Siria y ante la ONU;
– Alfred H. A. Soons, consejero del gobierno de los Países Bajos;
– Rudiger Wolfrum, jurista alemán.

Todos son además miembros del Tribunal Internacional del Derecho del Mar, que no tiene competencia para delimitar los espacios marítimos sino para juzgar la aplicación de la Convención de Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, firmada en Jamaica en 1982, sobre el uso de las banderas o los derechos de pesca.

En la decisión anunciada estos árbitros cuestionan las pretensiones históricas de China sobre los islotes deshabitados en disputa, a pesar de que estos islotes son chinos desde el siglo XVIII (aunque quedaron abandonados durante la colonización de China), y es evidente que arbitraron en función de este último factor.

Lo que no dice la prensa occidental es que la República Popular China no ha sido la única en rechazar esa decisión –ya que no cabe aquí hablar de «juicio» o de «veredicto». Además de la República Popular China, que usó el calificativo de «farsa» al referirse a la decisión de los árbitros, también expresó su rechazo la República China (Taiwán).

Por su parte, el sultanato de Brunei, Malasia y Vietnam –o sea, tres de los países involucrados en la disputa– ni siquiera habían comentado la decisión en el momento en que redactamos esta información.

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